jueves, 29 de diciembre de 2022

DECLARATIVO - 12-12-2022- MEMORIAL NO PUEDE SER CONSIDERADO EXTEMPORANEO SI POR ERROR SE RADICÓ DENTRO DEL TÉRMINO EN OTRO CORREO

Si bien los litigantes deben ser muy diligentes en las gestiones a su cargo, lo cierto es que se advierten evidencias que demuestran que efectivamente la mandataria actuó en defensa de los derechos de su mandante, considerar la extemporaneidad por errar en la elección del correo electrónico es un apego irrazonable a las reglas procesales y obstaculiza la materialización de los derechos sustanciales. Además, no puede perderse de vista el lapso que tardó el juzgado de conocimiento para resolver el asunto, luego, la interpretación exegética supondría una afectación del derecho de acceso a la administración de justicia.

CONSULTA JURISPRUDENCIA AQUI:

https://drive.google.com/file/d/1D6tVaz_-o4-E1x2GAoFF6EF7GOu3me1g/view?usp=share_link

TUTELA - DERECHO AL BUEN NOMBRE- 02-12-2022

En ese sentido ha dicho la jurisprudencia de la Corte Constitucional que toda persona tiene la posibilidad de solicitar la rectificación de informaciones inexactas o erróneas que atenten contra sus derechos, para lo cual deberá presentar la solicitud correspondiente ante el medio de comunicación o el particular que hizo la publicación, esto, como requisito previo para acudir a la acción de tutela en caso de no se acceda a esa rectificación o la misma no se efectúe en condiciones de equidad. Existen eventos en que la información no es susceptible de rectificación, como sucede con aquel contenido que lesiona el núcleo de la vida privada y que es difundido sin consentimiento de su titular; en tales casos, la lesión generada a la persona o a su familia no puede ser subsanada a través de la rectificación, razón por la cual la acción de tutela procede sin que aquella sea exigible. Evidencia la Sala, la improcedencia de la presente acción de tutela, como quiera que el actor no acreditó haber solicitado la rectificación ante el accionado como requisito previo para acudir a la acción de tutela, pues al considera que las publicaciones que hizo el accionado era información inexacta y que no correspondía a la realidad, debió proceder de tal forma, pues los mensajes publicados por el accionado no vulneran el derecho a la intimidad del accionante, pues al margen de los términos utilizados, estos contenidos no develan información de la vida íntima o privada del tutelante, ni de su familia, sino que versan sobre información y cuestionamientos o señalamientos sobre su función como Curador Urbano. 

LINK CONSULTA AQUI

https://drive.google.com/file/d/1dGUigzrsU8lpZEz5RCfp7fyeDu_VJ2Or/view?usp=sharing

miércoles, 28 de diciembre de 2022

NUEVO ESTATUTO DE CONCILIACIÓN

El Congreso de la Republica expidió la Ley 2220 de 2022 mediante la cual desarrollo el estatuto de conciliación, disponiendo en su artículo 145 que entraría en vigencia a partir del 30 de diciembre de 2022, y consigo derogando la Ley 640 de 2001 y demás normas que sean contrarias.

Link para su consulta AQUI:

https://drive.google.com/file/d/1xmyTjy_pk7J9OuRMxvSQCz4LwK4Ng75b/view?usp=share_link

PROCESO DECLARATIVO - MEDIDA CAUTELAR DE INSCRIPCIÓN DE DEMANDA NO NECESARIAMENTE DESPLAZA EMBARGOS REGISTRADOS CON POSTERIORIDAD

 

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira ha estimado que la inscripción de demanda en procesos declarativos registrados previamente a embargos no es óbice suficiente para la cancelación de estos, pues para ello es necesario que la sentencia del declarativo varié o mute la titularidad o derecho de dominio del bien.

Link Consulta Auto: AQUI

https://docs.google.com/document/d/1fDpHyKC44P6Ds7IBZhlKLqRXcyqqMxvE/edit?usp=sharing&ouid=110513384816193493847&rtpof=true&sd=true


RESTITUCIÓN DE TIERRAS - UNA MIRADA A LA MICROFOCALIZACIÓN

En el estudio y el análisis jurisprudencial desarrollado entorno a la Microfocalización, entendida como la definición de áreas geográficas d...

Popular