miércoles, 28 de diciembre de 2022

PROCESO DECLARATIVO - MEDIDA CAUTELAR DE INSCRIPCIÓN DE DEMANDA NO NECESARIAMENTE DESPLAZA EMBARGOS REGISTRADOS CON POSTERIORIDAD

 

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira ha estimado que la inscripción de demanda en procesos declarativos registrados previamente a embargos no es óbice suficiente para la cancelación de estos, pues para ello es necesario que la sentencia del declarativo varié o mute la titularidad o derecho de dominio del bien.

Link Consulta Auto: AQUI

https://docs.google.com/document/d/1fDpHyKC44P6Ds7IBZhlKLqRXcyqqMxvE/edit?usp=sharing&ouid=110513384816193493847&rtpof=true&sd=true


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